Wednesday, December 05, 2007

LA MILITARIZACION DEL ESTADO MEXICANO




El proceso de la militarización

A lo largo de los años 60´s y 70´s del siglo pasado, los mexicanos observamos y condenamos enérgicamente los golpes de estado perpetrados por los militares en distintos países latinoamericanos, lo que propició el surgimiento de los llamados "interinatos castrenses", de los denominados "estados de excepción".

En los tiempos que corren, los golpes de estado han sido sustituidos por el fenómeno de la militarización, el cual se hace consistir en la progresiva inoculación en el cuerpo gubernamental de la visión, los valores, las pautas, los modelos organizativos y los esquemas de decisión propios de las fuerzas armadas.

En un espléndido ensayo publicado por el Centro de Estudios Sociológicos de El Colegio de México, tomando como ejemplo la militarización sufrida por el Estado y el pueblo de Uruguay, el autor Nelson Minello describe en forma clara y precisa cómo se lleva a cabo este proceso:

a) Primeramente, se pone en marcha una campaña netamente propagandística en la que se eleva a la categoría de un imperativo categórico del Estado la atención de ciertas cuestiones que inquietan a los grupos sociales (corrupción, narcotráfico y otras modalidades de la delincuencia organizada, etc.).

b) Al amparo de esa cobertura publicitaria, a continuación se efectúa una especie de depuración de los servidores públicos a fin de incrustar cuerpos ad hoc de la milicia dentro del aparato del Estado.

c) La presencia de los militares en áreas propias del servicio civil de carrera es justificada mediante nuevas acciones propagandísticas cuyo objetivo estratégico es generar un sentimiento colectivo de gratitud a favor de quienes están asumiendo el rol protagónico de "salvadores de la patria" y "baluartes de la soberanía nacional".


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Véase Minello, Nelson, "La militarización del estado en América Latina: un análisis de Uruguay", Centro de Estudios Sociológicos El Colegio de México, Cuadernos del CES 17, México, 1976.





d) La milicia extiende su espacio de acción hacia el mayor número posible de áreas de gobierno, lo que le permite abandonar su tradicional pasividad y transitar o migrar hacia el papel de consultor obligado de las decisiones relevantes que se toman al interior de la pirámide del poder, enarbolando siempre la bandera de la "seguridad nacional".

e) Más tarde, la presencia creciente de militares dentro del andamiaje gubernamental escala al punto de que el "derecho de consulta de las decisiones relevantes" se transmuta en un auténtico "derecho de veto de las decisiones que a su juicio son inconvenientes", incluyendo las políticas públicas, los reglamentos, los decretos y los acuerdos gubernamentales.

f) Ese "derecho de veto" a su vez engendra la prerrogativa de proponer y/o designar a los funcionarios civiles responsables de las áreas estratégicas, quienes están obligados a responder íntegramente al esquema decisional de los militares.

g) A lo largo de todo ese proceso se hace presente el menosprecio a la dignidad humana y la implementación de planes de guerra de baja intensidad en contra de los movimientos sociales opositores al régimen.

La militarización del Estado Mexicano

En ese contexto, la militarización se revela como lo que realmente es: la desviación o aberración de una noble institución cuyo cometido es servir al pueblo para convertirla en el sostén o el puntal de grupos oligárquicos que pretenden enquistarse en el poder bajo la amenaza latente del uso de la fuerza, a cambio de otorgar a los represores espacios de influencia que no les corresponden de acuerdo al paradigma del Estado Social y Democrático de Derecho.

De lo expuesto se concluye que nuestro país se encuentra inmerso en un franco y muy preocupante estado de militarización cuyas líneas más significativas son:

a) La presencia cada vez más importante de los militares en distintas áreas del gobierno, con el correspondiente desplazamiento de los civiles, sobre todo en el ámbito de la seguridad pública.
b) La impunidad que se les brinda a los militares a efecto de no investigar ni castigar los ataques a las libertades democráticas, las violaciones sistemáticas a los derechos humanos, ni las torturas, las desapariciones forzadas, las ejecuciones sumarias y las detenciones arbitrarias que se están perpetrando día a día.
c) La criminalización de la protesta social, el ataque a los pueblos indígenas y el uso de las fórmulas represivas imperantes en los tiempos de la mal llamada "guerra sucia".

d) La amenaza velada del uso de la fuerza en contra de los opositores políticos.

e) El uso abusivo del discurso exaltatorio de lo militar, incluyendo la utilización de ridículos atuendos por parte de los civiles.

La patología de la militarización normativa

La patología de la militarización que estamos viviendo los mexicanos no sólo comprende la penetración o colonización de los espacios constitucionalmente reservados a los civiles, sino que también se extiende a otros campos como el jurídico, por lo que en este sentido es factible hablar de otra patología íntimamente vinculada a la primera: la patología de la militarización normativa del Estado Mexicano.

Esta segunda patología, la de la militarización normativa, está cobrando vida a través de varias formulaciones que no han sido suficientemente transparentadas ni discernidas a los ojos de la opinión pública nacional. Como ejemplo de lo anterior, además de la iniciativa de reformas constitucionales para el cercenamiento de los derechos humanos del acusado y la peligrosa expansión de los poderes jurídicos del Ministerio Público, tenemos el proyecto "Aspan", la "Iniciativa Mérida" y la inserción de México en el esquema "Miga" del Banco Mundial, a los cuales nos referiremos a continuación:
a) El proyecto "Aspan" ("Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte") es impulsado directamente por la Casa Blanca. A través suyo, y so pretexto de la ampliación de los compromisos de apertura de los mercados derivados del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, "TLCAN", se pretende ampliar la zona de seguridad estratégica de los Estados Unidos así como asegurar y controlar las fuentes energéticas ubicadas en el subsuelo mexicano.

El "Aspan" armoniza con otras iniciativas alimentada por el mismo propósito de implantar un control transnacional como son el Plan del Comando Norte, el Plan Antinarcóticos de la Frontera Suroeste y el Manual de Campo de Contrainsurgencia, este último elaborado al alimón por académicos de la Universidad de Chicago, sede matricial del neoliberalismo, y militares norteamericanos pertenecientes a las altas esferas del Pentágono.

b) La "Iniciativa Mérida", que no es otra cosa que la versión mexicana del llamado "Plan Colombia", conlleva un vastísimo plan para dar cauce al objetivo de sumar a México a la zona de seguridad estratégica de los Estados Unidos; permitiendo que un gobierno extranjero tenga injerencia directa en asuntos que sólo competen a los mexicanos como las políticas, programas, presupuestos, órganos, instrumentos y procedimientos vigentes en los ámbitos militares, policíacos, penales, procesales, judiciales, migratorios, postales y de administración de centros penitenciarios.

Por cierto, se ha dicho que esta iniciativa no pasa de ser un mero compromiso político, carente de sustantividad jurídica. Nada más alejado de la verdad.

De conformidad con lo previsto por el artículo 2 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, un tratado es todo acuerdo internacional celebrado por escrito entre los Estados y regido por el derecho internacional, cualquiera que sea su denominación particular.

México suscribió y ratificó la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y, por tanto, dicho instrumento internacional es parte de la Ley Suprema de toda la Unión en los términos del artículo 133 Constitucional, razón por la cual, siguiendo el criterio interpretativo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 1999 en relación a la jerarquía interna de los tratados, se ubica por debajo de nuestra Carta Magna y por encima del resto del orden jurídico nacional.


De ello se deduce que la definición sobre el "tratado" contenida en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados no es meramente académica, sino que se trata de un enunciado dotado de fuerza jurídica al que ineludiblemente está sometido el Estado Mexicano.

Así pues, la "Iniciativa Mérida" debe ser encuadrada dentro del ámbito de aplicación material de esa definición de observancia obligatoria. Es decir, estamos en presencia de un verdadero tratado internacional en los términos y para los efectos de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, ya que se trata de un acuerdo internacional celebrado por escrito entre el Estado Mexicano y el Estado Norteamericano cuyo marco normativo referencial es precisamente el derecho internacional, sin que para ello sea relevante la denominación particular que las partes le hayan atribuído al acuerdo de voluntades.

Por consiguiente, el acuerdo internacional de referencia está sujeto a la normatividad constitucional inherente a todo tratado internacional suscrito por el Estado Mexicano:

P Debe ceñirse a los siete principios básicos de la política exterior de México consagrados en el artículo 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dentro de los cuales destacan por su importancia la no intervención y la autodeterminación de los pueblos.

P Debe someterse al procedimiento de aprobación o ratificación por parte del Senado de la República en los términos de los artículos 76, fracción I, y 133 Constitucionales.

Sin el cumplimiento de esos requisitos supremos del derecho mexicano, dicha Iniciativa carecerá de validez jurídica y todos los actos emanados de la misma deberán considerarse nulos de pleno derecho.

c) Por último, es menester hacer una breve alusión a la propuesta de inserción de México dentro del esquema "Miga". Se trata de una Convención firmada en 1985 en la que se estableció la Agencia Multilateral de Garantía a la inversión ("Multilateral Investment Guarantee Agency" o "Miga", por sus siglas en inglés).
La "Miga" es una aseguradora de las inversiones privadas a nivel mundial que opera bajo los auspicios del Banco Mundial. Su misión es dar confianza a las inversiones extranjeras aposentadas en los países subdesarrollados, mediante el otorgamiento de un seguro para casos de transferencia de fondos, expropiaciones, incumplimientos de contratos, disturbios civiles y conflictos bélicos. Al efectuarse el pago de la prima correspondiente, la organización "Miga" se subroga en los derechos del inversionista asegurado y está en posibilidad de ejercer acciones legales en contra del país receptor de la inversión.

Tal mecanismo indudablemente atenta contra la llamada "Cláusula Calvo" prevista en el artículo 27 Constitucional, según la cual los inversionistas extranjeros deben considerarse como nacionales respecto de las inversiones en territorio mexicano y no están facultados para invocar la protección de sus gobiernos.

Como se puede apreciar, el proyecto "Aspan", la "Iniciativa Mérida" y la inserción de México en el esquema "Miga" responden claramente a la finalidad de garantizar las inversiones extranjeras, la explotación supranacional de los recursos energéticos y el aprovechamiento externo de la biodiversidad, a través de medidas de fuerza que son totalmente congruentes con la escalada de militarización a la que estamos siendo sometidos los mexicanos.

De este modo, la militarización, tanto la estructural como la normativa, igualmente se erige como un instrumento al servicio de la desnacionalización, la entrega de la riqueza nacional y el despliegue de los poderes hegemónicos del exterior en detrimento de la soberanía nacional.

Deber primario de los abogados democráticos

Es deber primario de los abogados democráticos oponerse frontalmente a la patología militarista y ayudar a vencer el miedo a la libertad. Para ello hay que tener siempre presente que los derechos se defienden ejerciéndolos.
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